Comentario Nueva Ley Familias Numerosas
(tiempo de lectura: 6 minutos)
a) Medidas positivas que llegarán a todas las familias
Observatorio de la Familia.- Se creará el Observatorio de la Familia, que quedará integrado en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con la finalidad de conocer la situación de las familias y de su calidad de vida, realizar el seguimiento de las políticas sociales que le afectan, hacer recomendaciones en relación con las políticas públicas y efectuar estudios y publicaciones que contribuyan al mejor conocimiento de las necesidades de la familia. Confiemos en que su primera medida sea pedir al INE que en sus encuestas muestre más interés por conocer la familia española. Hoy en día se desconocen datos tan fundamentales como su número y composición, ya que cuando realizan el censo tan sólo preguntan por el número de miembros que componen un hogar y no por conocer los lazos entre ellos. Lo cual tiene delito.
b) Medidas positivas pero de alcance muy limitado
Nuevas incorporaciones.- Tendrán derecho al título:
" El padre o madre separado o divorciado con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal.
" Los residentes extranjeros cuando sus hijos residan legalmente en España.
" Los nacionales de países de la Unión Europea cuando uno de los ascendientes ejerza su actividad en España.
" Las familias con 2 hijos si los 2 ascendientes tienen una discapacidad superior al 33%, o si unos de ellos tiene discapacidad superior al 65 %.
" Los huérfanos en algunos supuestos.
Nuevas categorías.- Pasamos a tener 2 categorías: la general (hasta 4 hijos) y la especial (con 5 o más hijos). Los de la categoría especial pasarán a tener las bonificaciones de que actualmente disfruta la categoría de honor (descuentos en Renfe y matrículas).
Serán de honor aquellas familias con 4 hijos cuya "renta per cápita" no sobrepase las 3/4 partes del salario mínimo interprofesional (6.316,8 euros en 2.003); también cuando 3 de estos 4 hijos procedan de parto, adopción, acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.
En el cómputo de hijos para asignar la categoría de una familia numerosa, cada hijo minusválido (<33%) computará por dos.
Empleadas del hogar.- Se bonificará con un 45 % en las cotizaciones a la Seguridad Social la contratación de empleadas del hogar cuando los ascendientes trabajen fuera de casa (o sólo uno de ellos en familias de categoría especial). Supone un ahorro de 7.400 ptas. mensuales (de acuerdo a las bases de cotización para el 2.003) pero entendemos que se trata más bien de un incentivo a la contratación laboral, positivo para quienes tienen empleadas aseguradas a tiempo completo (ya que en la modalidad a tiempo parcial, el seguro se lo paga el trabajador).
Ampliación del periodo considerado como efectivamente cotizado y de reserva del puesto de trabajo (o excedencia de funcionarios) por cuidado de hijos.- Pasa de 12 a 15 ó 18 meses (según categoría general o especial). Una buena noticia para quienes puedan tomarse excedencias si que peligre su puesto de trabajo.
Ampliación de límites de renta para el cobro de la prestación por hijo.- 52.000 nuevas familias con 122.00 hijos pasarán a percibir la prestación de 24 euros/mes por hijo si con 3 hijos no ingresan más de 14.200 euros (2.362.000 ptas.), incrementándose 2.300 euros por cada hijo que sobrepase el tercero. Hay que decir que sólo en Irlanda, una familia con 3 hijos recibiría 150 euros (25.000 ptas.) mensuales sea cual sea su renta.
Ampliación de los límites de renta para que las familias de categoría especial reciban asistencia jurídica gratuita.- Quienes no ingresen más de 4 veces el salario mínimo interprofesional (25.267 euros en el 2.003) tendrá derecho a asistencia jurídica gratuita.
c) Medidas positivas pero sin concretar, pendientes de un desarrollo posterior (a valorar cuando se desarrollen).
VPO.- Se recoge un compromiso para eliminas la actual situación discriminatoria de las familias numerosas en materia de Viviendas de Protección Oficial:
" se incrementarán las rentas límite: actualmente entre un soltero y una familia con 3 hijos sólo hay 800.000 ptas de diferencia, y a partir de 6 miembros no se elevaban los límites,
" se obligará al establecimiento de cupos para familias numerosas cuando el promotor sea una administración pública,
" se establecerán préstamos en condiciones especiales,
" se facilitará el cambio a otra vivienda protegida de mayor tamaño cuando por ampliación de número de miembros se haya quedado pequeña y se permitirá una superficie útil mayor a la actual,
" podrán solicitarse la unión de dos viviendas
Para materializar estas promesas, es preciso modificar el Plan Cuatrienal de la Vivienda y cuando esto ocurra, será sin duda alguna la gran aportación de esta ley a la protección de la familia numerosa. Esperemos que sea preciso esperar a un nuevo Plan, pues el actual termina a finales del 2.005.
Hay que decir que estas medidas proceden de las alegaciones que nuestra Asociación de Albacete aportó a un borrador esta ley que tuvo a bien remitirnos la Federación Nacional antes de que se remitiera al Congreso.
Incentivos en la contratación de padres desempleados.- Se bonificará en las cotizaciones a la Seguridad Social a las empresas que contraten a padres de familia numerosa desempleados.
Preferencia en la concesión de becas, libros escolares, etc.- Sin especificar.
Puntos en la admisión de alumnos en centros públicos.- Sin especificar.
Beneficios fiscales.- Sin concretar.
d) Medidas de aplicación cuestionable o difícil desarrollo reglamentario.
Artículos poco comprometidos y "de relleno"
Bonificaciones en tasas por servicios culturales y oposiciones a funcionario.- La ley dice vagamente que "establecerá un régimen de exenciones y bonificaciones". Téngase en cuenta que muchos de los servicios culturales son prestados por autonomías y ayuntamientos y, por tanto, tienen un difícil desarrollo reglamentario posterior, habida cuenta de que generan reembolsos que luego la administración central no paga bien (observa el retraso en reembolsar las bonificaciones universitarias)
Bonificaciones en "servicios de interés general".- Dice esta Ley que la Administración "adoptará las medidas necesarias para que las entidades, empresas y establecimientos que presten servicios o realicen actividades de interés general sujetos a obligaciones propias del servicio público, concedan un trato más favorable para los miembros de las familias numerosas". Habrá que esperar la opinión de las empresas y sus accionistas sobre la generosidad del Estado con lo que no es suyo, pero no hay motivos para pensar en el altruismo de las empresas salvo que comercialmente les interesemos, en cuyo caso nada tendría que ver la acción del Estado.
Bonificaciones en transporte urbano.- No se concretan pero, de hacerse, los ayuntamientos pedirían un reembolso difícil de cuantificar.
Protección laboral.- "Los convenios colectivos podrán incluir medidas para la protección de los trabajadores que tengan la consideración legal de familia numerosa...". ¿Era ilegal antes?.
Acción protectora concertada.- "La Administración General del Estado fomentará la responsabilidad social de las empresas y de los agentes económicos y sociales a fin de establecer un tratamiento especial que facilite y priorice el acceso al mercado laboral, a la vivienda, al crédito y a los bienes y servicios culturales, incluyendo las actividades deportivas y de ocio".
e) Compensaciones que ya existían en la Ley de 1.971
Bonificaciones en tasas o matrícula académicas de centros públicos.- Del 50% en categoría general y del 100 % en la categoría especial.
Bonificaciones en transporte público.- Siguen vigentes las actuales de Renfe, 50 % en categoría especial, 20 % en categoría general.
f) Lo que hemos perdido
Reducción de matrículas en centros privados.- La reducción en matrículas y tasas académicas ya no serán obligatorias en centros privados, aunque muchos ya no cumplían esta norma de la Ley de 1.971 debido a la morosidad del Estado en los reembolsos de dichas reduccciones, los centros que hacían reducciones era por política comercial o social de empresa.
Bonificaciones en transporte interurbano privado.- Antes eran obligatorias para líneas privadas concesionarias de transporte interurbano terrestre, marítimo o aéreo, aunque muchas empresas no lo cumplían por la morosidad en el reembolso.
g) De lo que no habla esta Ley
Este Proyecto de Ley no habla de lo principal y se siguen dando pasos demasiado cortos para lo lejos que estamos de nuestros vecinos de la Unión Europea en materia de protección a la familia y a la infancia. Esta Ley olvida:
" establecer un sistema de prestaciones de corte europeo, prestaciones que no son una ayuda asistencial (asociar familia y precariedad es nefasto para la institución) sino una compensación por los cotizantes aportados y por los muchos impuestos indirectos que se pagan por gastar más (IVA), por ejercer un derecho inalienable a tener hijos; un reconocimiento universal y por lo tanto un derecho universal de todas las familias independientemente de sus ingresos.
" suprimir la política fiscal discriminatoria contra quienes tenemos hijos. Hoy en día pagan menos IRPF quienes no tienen hijos y ahorran para un plan de pensiones que quienes criamos y aportamos futuros cotizantes, lo que no deja de ser un inmoralidad. Invitamos al lector a hacer una prueba con el programa PADRE, suprimiéndose 2 hijos de su declaración y aportando 6.000 euros a un plan de pensiones. Pero si esto no fuera suficiente contra el principio constitucional de capacidad contributiva, resulta que los hogares con amas de casa también pagan más IRPF que el resto ya que no pueden hacer la declaración separada y todo el peso de la progresividad descansa sobre el único perceptor de rentas del trabajo, lo que atenta contra el principio constitucional de igualdad y de la libre elección de profesión.
" En otros países esta injusticia se evita con el "splitting", técnica en la que todos los ingresos se suman y se dividen entre ambos cónyuges, tengan rentas de trabajo o no, al fin y al cabo son gananciales y deberían tributar como tales. Hay otros sistemas fiscales que no sólo pretenden ser justos con la familia, sino favorables a ella: el el caso del cociente familiar en Francia, conforme al cual los ingresos se dividen entre el número de miembros (con la excepción de que el primer y segundo hijo suman como uno), de forma que a las familias grandes los tipos impositivos son muy bajos.
" emprender políticas natalistas reales para acabar con la termita demográfica que amenaza nuestro bienestar y el progreso futuro de nuestros hijos. Ya existen en España 1.000.000 más de mayores de 65 años que menores de 14 años y aún manteniendo los actuales ritmos de inmigración, España pasará de 40 a 31,2 millones de población en 50 años, fecha en la que el 43% tendrá más de 60 años. En el año 2.002 la inmigración elevó la fertilidad 1 centésima (de 1,26 a 1,27 hijos por mujer) y seguimos siendo el país con menos natalidad junto con Armenia, Letonia y Ucrania. La peor parte de esta situación nos la llevamos los padres de familias numerosas, que no habiendo ahorrado para un plan de pensiones tendremos que sobrevivir de una exigua pensión pública habiendo sido los que más aportamos al sistema.
" prestar ayuda económica y psicológica a las embarazadas que no desean alumbrar a sus hijos de manera que una vez traídos al mundo decidan libremente mantenerlos o darlos en adopción (en España, el tercer país del mundo que más extranjeros adopta, se producen 70.000 abortos anuales).
" establecer las cotizaciones a la Seguridad Social que son por cuenta del trabajador en función de los cotizantes que aportes al sistema, como pronto se hará en Alemania por imperativo de su Tribunal Constitucional.
" hacer una televisión pública pensando en la infancia y regular los contenidos de los videojuegos.
" establecer convenios de adopción con otros países para agilizar los trámites, vinculando la firma de dichos convenios a otros de carácter económico, créditos FAD u otros de colaboración bilateral.
" solventar el problema de las pensiones de viudedad: si eres ama de casa y te quedas viuda, el Estado te expropia el 60 % de la pensión que marido y mujer han ahorrado.
" promover e incentivar en las empresas la adopción del horario europeo, ya que el horario español (único en la Unión) es arcaico y lesivo para la convivencia familiar, además de provocar debates innecesarios como los horarios comerciales y las jornadas escolares.
En definitiva, esta Ley olvida ponernos a nivel europeo la protección a la familia y la infancia. Antes de esta Ley España invertía 4 veces menos que la media europea (un 0,5 % del PIB frente al 2,2 % europeo), y después de esta Ley seguiremos igual.
h) Por qué no se hace política familiar en España
Con la excusa de la estabilidad presupuestaria y de que lo mejor para la familia es que la economía vaya bien, la mayor parte de las medidas expuestas no se desarrollan porque tienen un coste que impediría al Gobierno practicar las políticas fiscales que les permiten perpetuarse en el poder a corto plazo, intenciones que no ocultan como puedes ver aquí.
Lo cierto es que llevamos 2 reformas fiscales que han costado más de 1 billón de pesetas, para ganar elecciones parece que sí hay dinero.
La razón de este abandono está en que en España no existía política familiar cuando las competencias se transfirieron y ahora su coste es "un patata caliente" que ninguna administración quiere coger. Sólo un Pacto de Estado entre las distintas administraciones y un pequeño incremento de impuestos (IRPF o hidrocarburos) harían posible en España una auténtica política familiar.
i) Una última precisión
Hay algo que no queremos dejar en el tintero. Circula por ahí la idea de que las familias numerosas ya recibimos bastante por una educación y sanidad de nuestros hijos que no es pagada con los impuestos de sus padres, lo cual es un desatino. Lo que un niño recibe de quienes pagan impuestos, de mayor lo devuelve con los suyos: es una especie de préstamo, un contrato de reciprocidad generacional sencillo de entender.
Donde no hay reciprocidad es en el hecho de que quienes estamos aportando futuros cotizantes, consumidores y productores al sistema, tengamos que pagar más IRPF que quienes no tienen hijos y ahorran, que no se nos compense el IVA pagado por gastos de hijos, el IBI e Impuestos de Circulación por tener casas o coches más grandes que los demás, y que hayamos estado años sin derecho a vivienda de protección oficial como los demás españoles.
En la Unión Europea tienen claro que quienes aportan hijos no deben estar discriminados sino mínimamente compensados y reconocidos. No hay que confundir querer ser compensados con querer ser ser recompensados, como interpreta Doña Ana Botella, quién en uno de nuestro Congresos llegó a aclararnos"que a los hijos hay que quererlos por sí mismos, no por lo que te den" lo que no deja de ser una majadería, una torpeza excusable pues nace de la ignorancia existente sobre estos temas.
Y si es que quieren persistir en el error, al menos que sean honrados y que la cuantía de las pensiones se calcule en función de los cotizantes que se aportan al sistema (¿sabías que para entrar en muchas residencias geriátricas públicas puntúa no tener hijos?).
j) Conclusión
Concluimos que esta Ley es FAMIGOGICA, sobredimensionada con fines electorales (somos 2 millones de electores abandonados y sin colonizar), hecha para poder lanzar mensajes como el de Zaplana, diciendo que esta ley colocará a España a la cabeza de la protección familiar en Europa cuando él sabe que no es cierto: esta ley no va a cambiar el último puesto que ocupamos en la clasificación europea.
No, señor Aznar, esta no es la ley que llevábamos tantos años esperando.
Juan Manuel Ramos
Presidente
Asociación Familias Numerosas Castellón